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El Departamento de Desarrollo Rural ha encargado a INTIA la reanudación de la concentración parcelaria del sector XXVI-Ega 2 (Lerín) del área regable del Canal de Navarra

La finalidad primordial de la concentración parcelaria es constituir explotaciones y, en este caso, unidades de riego que sean viables desde los puntos de vista ambiental, agronómico, económico y social.

25 de septiembre de 2020.- Durante el plazo de un mes, entre el 17 de agosto y el 17 de septiembre, la información provisional de la zona (Bases Previas de concentración parcelaria del sector XXVI-Ega 2), relativa a propietarios, cultivadores, parcelas, áreas regables y clasificación de tierras ha estado expuesta al público en la planta baja del Ayuntamiento de Lerín. Para consultar los planos y el resto de documentación o para plantear cualquier tipo de consulta, observación, etc. sobre estas bases previas, cada propietario ha podido solicitar cita previa y ser atendido individualmente por el personal técnico de la sociedad pública INTIA especialista en concentración parcelaria asignado a esta zona. 

El inicio de actuaciones en infraestructuras agrícolas en este sector de Lerín, perteneciente al área regable del Canal de Navarra, se aprobó en el año 2013 mediante la correspondiente Orden Foral (OF 470/2013). 

Posteriormente, a través de la Orden Foral 256/2016 se modificó el perímetro de dicho sector, excluyendo el regadío tradicional de Lerín e incluyendo una zona de secano del mismo término municipal denominada Lagaza, y se propuso el inicio de actuaciones. A partir de la publicación de esta orden foral es precisa la autorización expresa del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente del Gobierno de Navarra para llevar a cabo en la zona cualquier acto relativo a nuevas plantaciones, establecimiento de cultivos permanentes, nuevas construcciones o cualquier otra actividad que pueda condicionar las futuras estructuras de la zona. Además, propietarios y cultivadores deben cuidar las parcelas de acuerdo con las buenas prácticas agrarias habituales en Navarra y no pueden realizar ningún acto que disminuya el valor de las parcelas.

Finalmente, con fecha 20 de mayo de 2020, INTIA recibió el encargo del director general de Agricultura y Ganadería para elaborar el documento de Bases Previas de concentración parcelaria, notificarlo a los propietarios y propietarias y exponerlo durante el plazo de un mes en Lerín, proceso que terminó el pasado 17 de septiembre.

Sector XXVI-Ega 2 (Lerín)

Este sector se encuentra incluido en el término municipal de Lerín. Tiene una superficie aproximada de 1.285 ha y está limitado al norte por el término municipal de Allo, al sur por el de Cárcar, al Este, en su parte norte, por el regadío tradicional de Lerín y en su parte sur por la carretera NA-122 y el paraje de la Sarda de Lerín, y al Oeste por el término municipal de Sesma y por el paraje de Pradogarraza de Lerín.
Número de parcelas: 1.793
Número de propietarios: 498
 

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